Charlie Bravo Internacional
Manifiesto Fundacional
Capítulo 0: Misión y Definiciones
0.1 Misión:
El objetivo principal de Charlie Bravo Internacional es unir a personas interesadas en la radioafición (CB) y actividades afines, fomentando la formación técnica, el intercambio de conocimientos y la camaradería entre sus miembros a nivel internacional.
0.2 Definición de Miembro:
Se considera miembro de Charlie Bravo Internacional a toda persona que posea y utilice una señal distintiva (numeral o identificador único) oficialmente otorgada y registrada por su sede correspondiente.
0.3 Canal de Comunicación Central:
La Comisión Directiva Central operará y mantendrá un portal web oficial como canal de comunicación primario para publicar información oficial, gestionar elecciones y resolver conflictos.
Capítulo 1: Charlie Bravo Internacional Central
1.1
El grupo Charlie Bravo Internacional abrirá la agrupación para que sea más rápida la anexión de miembros de otras naciones.
1.2
Solo la Comisión Directiva de Charlie Bravo Internacional primaria central en Argentina tendrá la potestad de crear o revocar sedes creadas, o revocar a presidentes de esas sedes (en caso de que esa sede en su mayoría esté en desacuerdo con dicho presidente).
1.3
La Charlie Bravo Internacional primaria central otorgará a una persona que desee mantener una sede en su país, con conocimientos en radioafición, el cargo de presidente de esa sede regional. Ese presidente flamante de esa sede debe crear el cargo de vicepresidente nombrándolo y nombrar a un secretario. Luego de tener esos 3 nombramientos podrá ejercer en plena libertad como sede de la Charlie Bravo Internacional.
1.4
Cada sede funcionará en consenso, cada decisión que tome deberá ser consensuada con su vicepresidente y su secretario.
1.5
El grupo Charlie Bravo Internacional sede central tiene derecho de admisión para anexar sedes nuevas.
1.6
Charlie Bravo Internacional sede central deberá entrar en elecciones cada 1 año de su Comisión Directiva. Contando desde su creación (comisión directiva).
1.7
La votación de elecciones de la comisión directiva primaria central deben los postulantes listarse en la web y los miembros deberán escoger la nueva dirección directiva, plazo de votación 8hs a 18hs UTC -3. En caso de no votos se conserva la dirección directiva.
Capítulo 2: Sedes
2.1
Las sedes creadas se llamarán "Charlie Bravo Internacional <País>".
2.2
Podrán contar con un escudo propio antes aprobado por la Charlie Bravo Internacional primaria central.
2.3
Contarán con un bloque de numerales para otorgar o revocar miembros.
2.4
Cada un mes, debe enviarse dicho listado de miembros de la sede a la Charlie Bravo Internacional primaria central para unificar listados generales de miembros.
2.5
En lo posible debe estar un portal de la sede en alguna red social, libertad en elección o página web de la sede, para agregar contenido para miembros y futuros miembros.
2.6
Cada sede deberá entrar en elecciones de Dirección Directiva para nombramiento de presidente, vicepresidente y secretario cada 1 año, contando del primer día de su creación.
2.7
La votación de elecciones de la comisión directiva deben los postulantes listarse en la web y los miembros de dicha sede exclusivamente deberán escoger la nueva dirección directiva, plazo de votación 8hs a 18hs hora local de sede. En caso de no votos se conserva la dirección directiva.
2.8
Cada sede podrá contar si lo desea con un lugar físico de recreación para miembros, bajo siempre la tutela de su comisión directiva.
2.9
Podrá crear merchandising o cualquier reunión de feria de ventas de radios, ventas de rifas de radio o alimentos para recaudar dinero para mantener su lugar físico de su sede. Infraestructuras etc.
2.10
Cada sede podrá instruir a miembros a operar y mantener una sala de radio CB.
2.11 Resolución de Conflictos:
En caso de conflictos dentro de una sede o entre sedes, la Comisión Directiva Central será el árbitro final. Esta informará a través del canal de comunicación oficial (portal web) los pasos, plazos y procedimientos a seguir para la resolución del conflicto, la cual será vinculante.
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